Características y Complementos
Todos nuestros sistemas están actualizados a la versión CFDI 4.0 y cuentan con todos los complementos requeridos por el SAT.
Factura de Hospedaje y Hoteles
Con el complemento Impuestos Locales aplica el 3% de Impuesto Sobre Hospedaje
Complemento de Instituciones Educativas Privadas
Si eres una escuela privada emite tus comprobantes por servicios educativos.
Complemento de Comercio Exterior
Para los comercios o empresas que envían sus productos al extranjero.
Facturas con 5 al Millar
Facturas para constructoras con retenciones 5 al millar, 2 al millar u otros impuestos locales.
Facturación Electrónica CFDI a Fondo
Si quieres conocer más sobre esta nueva forma de realizar tus facturas electrónicas, lee nuestro articulo referente a este tema.
Más informaciónPreguntas frecuentes
Hemos listado algunas cuantas preguntas frecuentes para que estés al tanto de toda la información más reciente sobre factura electronica CFDI 4.0
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¿Cuándo empieza la vigencia de la versión 4.0 de la factura electrónica?
A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor la versión 4.0 del CFDI, existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de junio de 2022.
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¿Cuáles son los datos mínimos que debo conocer de mi cliente para emitirle la factura?
¿Cuáles son los datos mínimos que debo conocer de mi cliente para emitirle la factura? Los datos mínimos, que deberás conocer de tu cliente para emitir su factura son: RFC, nombre o denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.
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¿Me podrán emitir facturas, aunque no conozca mi régimen fiscal?
Únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal ya que dicha información es obligatoria.
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¿A partir de cuándo es obligatorio el uso del complemento Carta Porte que se incorpora al CFDI?
El uso obligatorio del complemento Carta Porte inicia a partir del 01 de enero de 2022, para todas las personas físicas y morales que transporten bienes y/o mercancías en territorio nacional, incluso a través de sus propios medios. Las personas sujetas a utilizar el CFDI con Complemento Carta Porte, podrán utilizar la versión 2.0 de dicho complemento en los CFDI que emitan a partir del 01 de diciembre de 2021.
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Soy una empresa dedicada al traslado de bienes o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI con el complemento Carta Porte para el traslado de las mercancías o bienes en territorio nacional?
Sí, ya que únicamente mediante el archivo digital de un CFDI con el complemento Carta Porte o su representación impresa, podrás acreditar la tenencia y el traslado de los bienes y mercancías.
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¿En qué momento debo emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?
Cuando se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquiera de los distintos medios de transporte ya sea por vía terrestre de carga que circule por carreteras federales, vía férrea, marítima, aérea o fluvial.